ICEX y OFECOMES Bombay explican el funcionamiento burocrático de esta actividad según el tratado de doble imposición entre España e India
La Oficina Económica y Comercial de España en Bombay, a través de Icex España Exportación e Inversiones, informó sobre el funcionamiento del sistema impositivo indio para compañías españolas prestatarias de servicios con actividad en el país.
Según indica la información, si la empresa española no tiene un establecimiento permanente en la India, pagará un 10% de royalties y un 20% para servicios técnicos en total en impuestos en la India, según el tratado de doble imposición con España.
Por otro lado, si la empresa tiene un Permanent Account Number (PAN) y se registra en la oficina de impuestos, la tasa aplicable será del 10%, más un pequeño porcentaje adicional en concepto de recargos y tasas. La retención se hace en la fuente, y la empresa india transfiere esa suma a la Hacienda india. A posteriori, la empresa española puede solicitar un certificado justificando dicha retención, conocido como TDS CERTIFICAT. A la hora de declarar la renta en España, se puede presentar ese justificante a la Hacienda española para evitar pagar los impuestos correspondientes a este servicio.
La información de la Oficina Económica y Comercial de España informa además de que, aunque desde 2016 los proveedores de ciertos servicios pueden aprovechar la tasa del 10% sin disponer del PAN, simplemente presentando una serie de documentos, las empresas indias todavía siguen solicitando el número de PAN para proceder con la retención reducida.